La Federación de Servicios de CCOO aclara que la información
que recoge el diario “El País”, se refiere a retribuciones establecidas en su
momento por COMFIA CCOO en su sistema salarial y no a sobresueldos como titula
el periódico.
El sistema general de retribuciones a que hace referencia el
citado medio fue aprobado por la Ejecutiva Federal de la extinta federación en
el año 2006 y responde a criterios
objetivos.
Ante las noticias
aparecidas en el diario “El País” con fecha 15 de febrero, la Federación de
Servicios de CCOO, fruto de la fusión de COMFIA CCOO y FECOHT CCOO, quiere efectuar las siguientes
declaraciones:
El pasado día 10 de
febrero la Federación de Servicios de CCOO mantuvo una reunión con un redactor
del diario “El País” que nos solicitaba información sobre determinadas
cuestiones relativas a la contabilidad de COMFIA CCOO. En dicha reunión se
explicaba con detalle el capitulo relativo a las retribuciones
a representantes sindicales,
elegidos para conformar las distintas estructuras de la Federación.
Se detalló ante el citado
medio el origen de dichas retribuciones, su carácter complementario y los
distintos sistemas que se han ido implementando a lo largo del tiempo. Sistemas
que siempre han sido aprobados por los órganos competentes y que se basan en
criterios objetivos: Horario de trabajo (dedicación diaria), responsabilidad
ante terceros, salario del sector de origen y objetivos (resultados
organizativos). Estas retribuciones
compensatorias se documentan mediante un contrato de relación asociativa y no mediante contrato de relación laboral,
tal y como marca la legislación vigente así como el criterio interpretativo de
la Seguridad Social, definiendo claramente que la relación que une al
representante sindical con el sindicato es una relación asociativa y no
laboral. Es decir no existe derecho a indemnización, ni prestaciones por
desempleo.
Estas retribuciones han
sido absolutamente transparentes, siendo COMFIA CCOO una de las primeras
organizaciones sindicales que comenzó a tributar por IRPF en este tipo de
compensaciones aun existiendo varios criterios interpretativos que podían
eximir de dicha tributación. Para ahondar más si cabe en este aspecto, COMFIA
CCOO con el último cambio normativo tras la publicación del Real Decreto-Ley
16/2013 de 20 de Diciembre, comienza
también a cotizar a la Seguridad Social por este tipo de retribuciones
asociativas.
En lo relativo a los
ingresos de empresas y entidades patronales se detallaba:” que los Ingresos de las Secciones Sindicales de
Empresa se efectúan en aplicación de los acuerdos suscritos en algunas Empresas de la Ley Orgánica de Libertad
Sindical, que obliga a las empresas a dotar de medios suficientes a los representantes de los trabajadores y
trabajadoras para realizar sus tareas de representación”.
En este punto aclaramos
que no en todas las Empresas se alcanzan acuerdos que desarrollen este derecho
de los trabajadores y trabajadoras valorando económicamente la actividad
sindical. En muchas empresas dichos acuerdos se traducen por ejemplo en
acuerdos de acumulación de horas, utilización del correo electrónico de la
empresa, etc. Dichos acuerdos se aplican
a todas y cada una de las organizaciones sindicales de la empresa en función de
su porcentaje de representación.
En lo relativo a ingresos
por participación en los órganos de gobierno y consejos de administración, hay
que corregir que las empresas no pagan nada al sindicato. Son los miembros que
actúan en representación de las plantillas y que a su vez están vinculados al
sindicato, quienes tienen la obligación de aportar las dietas percibidas al
sindicato, una vez que se ha descontado el impacto fiscal y la valoración de la
actividad realizada.
Con independencia de las
aclaraciones anteriores la Federación de Servicios de CCOO quiere hacer
públicas las siguientes consideraciones:
1.
.
Las cuentas de COMFIA-CCOO siempre ha
sido presentadas y aprobadas en los Consejos Federales (máximo órgano
democrático entre Congresos) y en la última etapa también en los propios Congresos. Ahora
también se pueden consultar en la página web de la Federación de Servicios de
CCOO.
2.
La
gestión económica de COMFIA CCOO durante el periodo publicado ha sido buena y
ha configurado una organización muy solvente económicamente e independiente en
la financiación de su actividad, y por lo tanto en la toma de sus decisiones.
Los órganos de control financiero elegidos por la afiliación y las auditorías
externas e internas garantizan esta situación.
3.
La
antigua COMFIA CCOO siempre ha estado al corriente de pago de sus obligaciones
fiscales y económicas, con la seguridad social y con terceros. Con especial
cuidado en todo lo relativo a los contratos laborales y a los contratos de
relación asociativa (representantes sindicales en la estructura del sindicato).
4.
El
gasto corriente de la actividad sindical y los gastos de personal siempre han
estado ajustados a un porcentaje de los ingresos corrientes por cuotas, de tal
forma que quede garantizada la correcta gestión del dinero de nuestros
afiliados y afiliadas.
La Federación de
Servicios de CCOO, manifiesta su sorpresa ante el planteamiento informativo efectuado
por el citado medio, toda vez que hemos puesto a disposición del redactor de la
noticia, no solo toda la documentación que nos ha ido solicitando sino todas
las explicaciones necesarias para documentar el sistema de ingresos y la
aplicación de gastos y retribuciones de la antigua COMFIA CCOO, en un intento
de evitar los juicios de valor impropios de un medio de comunicación riguroso.
Federación de Servicios
de CCOO
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