El Ministerio de Empleo apuesta por la transparencia para
acercar los sueldos de hombres y mujeres. En el borrador presentado a los
agentes sociales para la reforma de la contratación ha incluido la obligación
para las empresas con más de 250 empleados de hacer auditorías salariales para
“sensibilizar a empresas y trabajadores” del problema. También se concreta la
reducción de los tipos de contratos temporales, que, en principio, durarán dos
años, pero se podrá ampliar hasta tres si se pacta así en los convenios.
Los representantes del Ministerio de Empleo, de los
sindicatos mayoritarios UGT y CC OO, y de las patronales CEOE y Cepyme volverán
a verse esta semana para hablar de la reforma de la contratación que pretende
hacer el Gobierno. Habrá pasado casi un mes desde que Empleo entregó a los
agentes sociales su propuesta, compuesta de tres documentos y más documentación
adjunta, en la que se concreta la senda sobre la materia que el PP y Ciudadanos
pactaron para la investidura: reducirlos a tres tipos (indefinido, temporales y
formación).
Aprovechando esto, Empleo quiere cambiar el Estatuto de los
Trabajadores y la Ley de Igualdad para que los salarios de las mujeres se
acerquen a los de los hombres. En 2016 el sueldo medio de los hombres ascendía
a 2.075,65 euros brutos al mes y el de las mujeres a 1.661, es decir, ellas
cobran un 20% menos al mes. “Para lograr este objetivo [la igualdad
retributiva] es necesario adoptar [...] medidas que promuevan la transparencia
salarial”.
Esas medidas consisten en aumentar las obligaciones de las
empresas para facilitar información sobre los sueldos y obligar a las empresas
de más de 250 trabajadores a realizar una auditoría salarial con ese fin. Esta
medida deberá contemplarse en el plan de igualdad que ya deben tener estas
empresas. Lo que no recoge la propuesta es la sanción que hay aparejada en caso
de incumplimiento. Esto, para las fuentes sindicales consultadas, supone
mantener el mismo carácter de la ley de igualdad aprobada en 2007, que es
“programática” más que de obligado cumplimiento.
En los apartados de contratación, el borrador contempla
otras medidas. Estas, detalladas a continuación, pueden cambiar en la
negociación:
Reducción del tipo de contratos. El menú de contratos se
reducirá a tres opciones. Habrá uno para los indefinidos. Se creará otro,
único, para todo tipo de contratación temporal, que pasara a convertirse en
indefinida a los dos años de vigencia. Ahora existen los eventuales, los de
interinidad, los de obra o servicio y otros menos usados (relevo, jubilación
parcial, temporal de discapacitados...). La tercera modalidad será la
formativa, en la que se fusionarán las dos actuales de esta clase: de prácticas
(para quien ha salido de la universidad) y de formación (para trabajadores sin
cualificación hasta los 30 años mientras el paro supere el 15%, entonces
bajaría a 25).
Temporales de hasta tres de duración. En principio, todos
los contratos temporales tendrán una duración máxima de dos años, después se
convertirían en indefinidos. No obstante, este plazo podrá ampliarse hasta tres
si se pacta en los convenios. Esto, en realidad, supone abrir la posibilidad de
aumentar el periodo de trabajo temporal a todos los contratos de este tipo,
algo que no sucede en la actualidad. Ahora hay un límite de dos años para todos
los temporales menos para los de obra o servicio que tienen un tope de tres
años ampliables a cuatro si se pacta en un convenio sectorial. Ahora este pacto
podrá darse a nivel sectorial y empresarial.
Indemnización creciente. Como recogía el pacto de
investidura, inspirándose en el programa electoral de Ciudadanos, los contratos
temporales llevaran aparejada durante el primer año de vida una indemnización
de 12 días por año trabajado; en el segundo, de 16; y en el tercero, de 20,
como ahora tienen garantizado los indefinidos en caso de un despido procedente.
Si es improcedente, tanto temporales como fijos ya tienen garantizados 33 días
por año trabajado con un límite de 24 mensualidades. Y eso no cambia.
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