Los datos publicados en la Encuesta de Convenios Colectivos
de Trabajo (ECCT) del Ministerio de Empleo del mes de septiembre de 2017
indican que, en lo que va de año, se ha registrado la firma de 833 convenios
que afectan a 1.989.581 personas. De estos 833 convenios, 621 son de ámbito de
empresa o inferior, que afectan a 101.647 personas y 212 de ámbito superior,
que afectan a 1.887.934. Del total de convenios firmados, 215 corresponden a
nuevas unidades de negociación, de las cuales 204 son de ámbito de empresa o
inferior, que afectan a 17.791 personas y 11 son de ámbito superior, que
afectan a 54.744 personas, es decir al 75,4% del total.
En cuanto al incremento medio, se constata una significativa
diferencia entre el incremento pactado en los convenios firmados en 2017
(1,74%) frente al que se ha registrado en las revisiones salariales de
convenios firmados en años anteriores (1,24%). Los que más han aumentado el incremento
pactado en convenios firmados en 2017 son los convenios de ámbito superior a la
empresa (sectoriales y de grupo) que se sitúan en el 1,77%.
Por tramos de incremento, hay que señalar que en la parte
baja de la tabla se hallan 5 convenios y 312 trabajadores/as que han pactado
una reducción salarial de un 5% de media y 315 convenios, que afectan a 183.384
trabajadores/as que aún contemplan una congelación salarial para 2017. En la
parte alta, aparecen 86 convenios y 35.332 trabajadores/as que cuentan con un
incremento salarial medio del 5,24%. Las mayores cifras, por volumen de
trabajadores afectados, son los casi tres millones y medio que cuentan con un
incremento del 1,24% y algo menos de un millón novecientos mil que alcanzan un
incremento medio del 1,76%.
Por sectores de actividad, el incremento medio pactado es,
en estos momentos, del 0,99% en el sector Agrario, 1,48% en Industria, 2,19% en
Construcción y 1,38% en Servicios.
De estos 2.828 convenios, sólo 459 cuentan con una cláusula
de garantía salarial expresamente regulada, es decir, el 16,23% del total pero,
dado que son más frecuentes en los convenios de mayor tamaño, afectan al 21,83%
de los trabajadores/as. La cláusula de garantía tiene más presencia en los
convenios de ámbito superior, así como en los convenios del sector industrial,
alcanzando en este caso al 45% de las personas amparadas por los convenios.
Por otra parte, la mayoría de estas clausulas de garantía
salarial tienen efectos retroactivos, concretamente el 81,69% de ellas; sin
embargo, este porcentaje es sensiblemente mayor en los convenios de empresa que
en los de ámbito superior, lo que supone que sólo el 56,17% de las trabajadoras
y trabajadores que cuentan con una cláusula de garantía en su convenio de
referencia se beneficiarán del carácter retroactivo de la misma.
Estas cláusulas con efecto retroactivo son especialmente
necesarias en aquellos convenios que han pactado con referencias a IPC futuro o
de año en curso. En la medida en que, desde 2009, se han ido paulatinamente
incrementando los convenios que pactan en base al IPC pasado, fórmula que hasta
ese año era prácticamente residual, la cláusula de garantía tradicional ha ido
desapareciendo de los convenios que fijan el incremento salarial bajo este
criterio.
Es importante destacar que se están firmando convenios que
regulan las condiciones de la variación salarial anual estableciendo una mejora
garantizada, sea cuál sea la evolución del IPC, probablemente como compensación
de la pérdida de poder adquisitivo producida en años anteriores por
congelación, reducción de salarios o incrementos por debajo de la inflación.
Además, otros están fijando un incremento del IPC (futuro o pasado) más un
porcentaje que en algunos casos alcanza hasta el 1%.
En la mayoría de los casos la mejora sobre la inflación o
sobre el incremento general pactado no está condicionada pero en algunos
convenios sí hay una vinculación a resultados de la empresa o a otros
indicadores para que opere ese incremento adicional.
Aunque durante este año el incremento medio pactado está
evolucionando mejor que en 2016, el 1,40% del mes de septiembre sigue muy por
debajo de la inflación interanual que está en el 1,8%. CCOO indica que hubiera
sido necesaria una referencia salarial fijada en el III AENC, pero la
incapacidad de CEOE y CEPYME para reconocer la necesidad de trasladar a las
rentas salariales la recuperación de la economía española, lo hicieron
imposible.
CCOO considera imprescindible garantizar en 2017 unas
subidas salariales que permitan la recuperación de los salarios y para ello tan
importante es establecer incrementos superiores a la media actual como
generalizar cláusulas de garantía que eviten posibles pérdidas de poder adquisitivo.
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