Se modifica la posibilidad de adaptación de la jornada por
razón de conciliación. Las "personas trabajadoras" tienen derecho a
solicitar, para poder conciliar, la adaptación de la duración y distribución de
la jornada, como hasta ahora, pero, además, ahora podrán solicitar por esta
razón la ordenación del tiempo de trabajo y la forma de prestación, incluida la
prestación de su trabajo a distancia. Se impone un criterio de razonabilidad y
proporcionalidad de la adaptación en relación a las necesidades del trabajador
y la empresa.
En caso de que tales adaptaciones se soliciten para el
cuidado de hijos, el derecho persiste hasta que el hijo tenga 12 años. La forma
de organizar el disfrute de este derecho se desarrollará en la negociación
colectiva. En caso de que no haya previsión al respecto en la negociación
colectiva, el trabajador y el empresario negociarán y acordarán, en su caso, el
ejercicio de este derecho durante un periodo de 30 días. Si el empresario
deniega el ejercicio de este derecho, cosa que tendrá que hacer por escrito,
deberá justificar las razones objetivas que fundamentan su decisión. La
concreción horaria de las adaptaciones y reducciones de jornada le corresponde
al trabajador, aunque los convenios colectivos podrán establecer criterios para
que haya una ponderación entre los derechos de conciliación y la organización
de la empresa. Las discrepancias se resolverán judicialmente a través de un
procedimiento específico.
¿En qué consiste el nuevo permiso para el cuidado del
lactante?
El antiguo permiso de lactancia deja de ser para tal fin y
se convierte en un permiso para el cuidado del lactante durante un periodo de 9
meses desde el nacimiento, durante el cual se tendrá derecho a una hora de
ausencia que podrán dividir en dos fracciones o sustituirlo por una reducción
de su jornada en media hora con la misma finalidad. También podrá acumularse en
jornadas completas en los términos que prevea la negociación colectiva o el
acuerdo con la empresa. Este permiso podrán disfrutarlo ambos progenitores,
aunque la empresa podrá limitar el disfrute simultáneo del permiso por ambos
progenitores por razones de funcionamiento de la misma. En el caso de que ambos
progenitores disfruten este derecho, podrá hacerse hasta que el menor cumpla 12
meses, pero a partir del noveno mes el ejercicio del derecho supone una
reducción proporcional de salario.
Se equiparan los antiguos permisos de maternidad y
paternidad por un nuevo periodo de suspensión por nacimiento. ¿Quiénes pueden
disfrutar el derecho y por cuánto tiempo? ¿Cómo se aplica el periodo
transitorio?
Se equiparan los permisos de maternidad y paternidad en 16
semanas de duración, de las cuales las 6 siguientes al parto son obligatorias
para ambos progenitores. Los permisos son intransferibles al otro progenitor y,
una vez transcurridas las 6 semanas siguientes al parto, pueden disfrutarse a
tiempo parcial o a tiempo completo, así como por periodos semanales de forma
acumulada o interrumpida a voluntad del trabajador, pudiendo alcanzar hasta que
el hijo tenga 12 meses.
La madre podrá anticipar el ejercicio del permiso hasta
cuatro semanas antes del parto y, en caso de que ambos progenitores disfruten
simultáneamente el permiso, el empresario puede limitarlo por razones objetivas
formuladas por escrito.
El calendario progresivo para la implantación de la
equiparación entre los permisos de maternidad/paternidad es el siguiente:
-En 2019 el permiso por paternidad será de 8 semanas, de las
que las 2 primeras deben ser inmediatamente seguidas al parto y la madre
biológica puede ceder al otro progenitor un periodo de 4 semanas.
-A partir del 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad
será de 12 semanas, de las que las 4 primeras deberán disfrutarse
inmediatamente después del parto y la madre biológica podrá ceder al otro
progenitor hasta 2 semanas de su periodo de descanso.
-A partir del 1 de enero de 2021 cada progenitor tendrá un
permiso de 16 semanas, de las cuales las 6 semanas seguidas al parto son
obligatorias para ambos.
La aplicación del permiso de paternidad de 8 semanas entra
en vigor el 1 de abril de 2019. Si ambos progenitores solicitan la excedencia
para cuidado de hijo con la misma duración y régimen, ¿qué tiempo dura la
reserva del puesto de trabajo?
La nueva norma amplía el derecho de reserva del puesto de
trabajo en estos casos, situándolo en 18 meses frente a la reserva de un año
prevista en el momento de la entrada en vigor.
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