Vistas de página en total

jueves, 12 de marzo de 2020

EL PANICO LLEVA A ACAPARAR PRODUCTOS DE ALIMENTACION


 press your luck show GIF
Las cada vez más restrictivas medidas tomadas ante el crecimiento del coronavirus en España, sobre todo en la Comunidad de Madrid y País Vasco, provocó en la noche del lunes y mañana del martes colas y problemas de abastecimiento en los lineales de algunas de las principales cadenas de supermercados de ambas regiones. Situaciones de tiendas sin productos ante las que los distribuidores están intentando responder por todos los medios.

Las principales cadenas del sector han movilizado a proveedores y socios logísticos en los últimos días para incrementar la cantidad de género disponible en sus almacenes, con el fin de poder abastecer las tiendas sin el riesgo de una rotura de stock. Según ha podido conocer este diario de una variedad de proveedores de alimentación, los pedidos se han incrementado en los últimos dos días desde un 20% a un 60% según las categorías. Productos no perecederos, como arroces, pastas, cereales o conservas de tomate, pero también frescos como la panadería, lácteos y derivados de estos están siendo solicitados por las cadenas.

Fuentes de Ebro Foods, la principal empresa del sector arrocero y de pastas en España, confirman un incremento de las peticiones por parte de la distribución en las últimas dos semanas, alcanzando picos del orden del 40% más desde el viernes pasado respecto a fechas comparables. Ante esta situación, la compañía ha diversificado la actividad de sus fábricas en España, repartiendo la producción de arroz entre ellas para poder responder a la demanda. Otro proveedor especializado en harinas y cereales, y que trabaja para las principales distribuidoras, ratifica un “aumento de pedidos considerable” desde la semana pasada, y una previsión de aumento que rondará el 60% para la próxima.

“Solemos trabajar con un margen de entrega de cinco o seis días y ahora nos los piden en dos”, explican fuentes de esta empresa, que pese a la avalancha de pedidos dice estar pudiendo responder sin problemas. Uno de los principales fabricantes de queso del país también está registrando picos del 40%. “Estamos intentado explicar a los clientes que no tenemos que volvernos locos. Pueden hacer más acopio pero el cliente va a consumir lo mismo”, dice un proveedor de pan de marca de distribuidor.

Un acopio que está llevando los almacenes al límite de capacidad. Como explican fuentes del sector logístico, almacenes que sirven a la zona de Madrid de operadores como Ahorramás o Carrefour estaban ayer al máximo. También Mercadona o Dia han tenido que reforzar su cadena de suministro.

El presidente de la patronal logística UNO, Francisco Aranda, cifra en un 8% el crecimiento de las compras a nivel general en la última semana respecto a la misma del año pasado, aunque en alimentación no perecedera el pico llega al 40% y en productos de higiene personal al 100%. “Se están dando casos de entregas dos veces al día”, dice Aranda, que cree que esta compra de “abastecimiento” se mitigará en los próximos días. “No durará mucho más porque los lineales van a seguir reponiéndose”, analiza.

Todo ello entre los mensajes de calma a los clientes, como el que lanzó ayer el presidente de Mercadona, Juan Roig, después de las imágenes virales de estantes de sus supermercados vacíos. “Si hay algo que puede agravar la situación es el miedo. Quiero dar el mensaje de actuar con tranquilidad, prudencia y de racionalizar el miedo. Lo peor que nos puede pasar es caer en el miedo”, insistió, remarcando que la situación es de “normalidad” en los procesos internos e instalaciones de la compañía, más allá de una “venta atípica” de productos como geles o desinfectantes.

“En la tarde del lunes tuvimos en las tiendas de Vitoria y Madrid una reacción de compra impulsiva de los clientes ante las decisiones que se han tomado. También en la mañana del martes, sobre todo en Madrid. En el resto de España la situación es de total normalidad”, analizó, concluyendo que el “abastecimiento está garantizado”.

Desde estos operadores se insiste que las estanterías volverán a estar llenas al inicio del día y que durante el mismo se va reponiendo en la medida de lo posible. “Las tiendas van a seguir abiertas y con producto” es un mensaje común entre los consultados.

miércoles, 11 de marzo de 2020

EL GOBIERNO CATALOGA EL CORONAVIRUS COMO ACCIDENTE DE TRABAJO


 loop glitch GIF by Death Orgone
El Gobierno quiere aliviar a las empresas la factura laboral que se pueda derivar del coronavirus. Este martes el Consejo de Ministros aprobó un decreto ley por el que la Seguridad Social considerará accidente laboral y no enfermedad común las bajas de afectados o por cuarentenas forzosas. Esto reduce el coste a las empresas y concede prestaciones más altas a los trabajadores. Además, ultima una moratoria en las cotizaciones para sociedades y autónomos de las zonas más afectadas. Esta medida probablemente verá la luz el jueves, así como los mecanismos de la conciliación de los padres por la suspensión de clases en regiones como Madrid o La Rioja.

El cambio favorece a las empresas y a los trabajadores, y carga de más gasto a las arcas de la Seguridad Social. Cuando un trabajador sufre un accidente laboral, cobra la baja desde el día siguiente y la prestación equivale al 75% de la base reguladora (el indicador que utiliza la Seguridad Social para calcular las ayudas y que es algo menor que el salario). Además, ese coste lo asume desde el primer momento la Seguridad Social o la mutua colaboradora correspondiente con las cotizaciones sociales que gestiona. En cambio, si un trabajador cae de baja por una enfermedad común, pierde su sueldo durante los tres primeros días, entre el cuarto y el decimoquinto la empresa le paga un 60% de la base reguladora, y desde el dieciseisavo se hacen cargo las arcas públicas.

No será la única medida que busca aliviar la carga a las empresas. La Seguridad Social, además, ultima una moratoria de tres meses para el pago de cotizaciones a la Seguridad Social de empresas y trabajadores autónomos de las zonas más afectadas por la epidemia (Madrid, La Rioja y áreas del País Vasco). La medida, en principio, iba a aprobarse esta mañana, pero quedó pendiente hasta el Consejo de Ministros extraordinario del jueves. La moratoria, en principio, consiste en dar un año de plazo para que quienes se acojan a ella paguen las cuotas sin intereses ni recargos.

Para conocer los detalles de las demás medidas que prepara el Ejecutivo, habrá que esperar al jueves. “Vamos a adoptar medidas que atiendan la realidad social de las familias”, declaró la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en relación con la suspensión de las clases en los colegios de Madrid, Rioja y Vitoria. La medida que el Gobierno está preparando sobre este aspecto es la más esperada después de que se anunciara el lunes en Madrid y Vitoria y este martes en La Rioja.

Tanto este mecanismo como otros para afrontar la situación se están cerrando estos días en diferentes departamentos del Gobierno. En este punto, fuentes del Ejecutivo apuntan que la vicepresidenta tercera y responsable de la política económica, Nadia Calviño, está teniendo un papel importante y será quien coordinará las medidas y vigilará que el gasto no se disparare mucho.

Otro departamento que está desarrollando un papel significativo es el Ministerio de Trabajo, donde el lunes por la mañana hubo una reunión con técnicos de los sindicatos y los empresarios, apuntaron fuentes del diálogo social, que señalan que existió un alto grado de consenso. Allí se abordaron algunas de las medidas que los sindicatos CC OO y UGT pusieron sobre la mesa y han publicado. Una de ellas es una prestación extraordinaria “de carácter excepcional y temporal” para lo padres que no puedan acudir al trabajo para cuidar de sus hijos por el cierre de centros escolares.

Además de esta ayuda, las centrales de trabajadores reivindican bastantes más medidas. La primera es “un fondo de ayuda extraordinario” y “un decreto ley que articule un conjunto de medidas laborales y de Seguridad Social que den garantías jurídicas a las empresas y los trabajadores”. Ese fondo tendría que sufragar, entre otros costes, la ayuda para que los padres puedan conciliar.

De él también saldrían los recursos necesarios para compensar a los trabajadores que estuvieran de baja o afectados por suspensiones temporales de contratos (ERTEs) y que siguieran percibiendo el 100% de su sueldo. También reclaman que la prestación por desempleo que cobran los empleados incluidos en ERTEs no consuma el derecho a percibir una ayuda si acabaran definitivamente en el paro más tarde. Esta petición está en línea con el primer anuncio que ya hizo de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, la semana pasada.

Del lado empresarial no han trascendido sus demandas al Ejecutivo. No obstante, fuentes conocedoras de las conversaciones señalan que entre las peticiones que están formulando al Ejecutivo reclaman que se agilicen los periodos de negociación en los ERTEs y los trámites necesarios, especialmente para las empresas más pequeñas.

Todos estos puntos estarán sobre la mesa el jueves, cuando “el propio presidente se reúna con los agentes sociales para analizar conjuntamente un plan de choque sobre medidas económicas con el que venimos trabajando en las últimas semanas”, señaló Montero en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La intención final es “minimizar el impacto en el conjunto de la economía y evitar la destrucción de empleo o que algunas a empresas tuvieran la tentación de hacer un ERE o despidos que no fueran deseables”, apuntó la portavoz en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gabinete.

martes, 10 de marzo de 2020

SENTENCIA EN CATALUNYA: LOS REPARTIDORES DE GLOVO SON ASALARIADOS


 Bike Rider GIF by Carlos Santonja


En un nuevo varapalo para el modelo laboral de Glovo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado, por primera vez en esta comunidad, que los repartidores de la empresa son asalariados y no socios autónomos, tal como defiende la compañía. La Sala Social del TSJC ha revocado la decisión del Juzgado Social número 24 de Barcelona, que en mayo de 2019 absolvió a la empresa de la demanda por despido improcedente interpuesta por uno de los repartidores. El tribunal considera que la relación contractual entre el repartidor o rider y la empresa es “un contrato de trabajo”, declara que hubo despido improcedente y condena a Glovo a readmitir o indemnizar al trabajador. Al entrar en el fondo del asunto, el TSJC entierra la polémica que existía entre los juzgados catalanes con sentencias contradictorias sobre el modelo laboral de Glovo.

La sentencia del TSJC es un duro golpe a la compañía de reparto a domicilio. Glovo, fundada en Barcelona en 2015, basa su modelo de negocio en su plataforma digital, que pone en contacto a los clientes con los restaurantes y los repartidores. Según la compañía, los riders —o glovers, tal como se conocen a los repartidores en esta empresa— son socios independientes de la empresa, y por lo tanto cubren su propia seguridad social con el pago de la cuota de autónomos. Este modelo ha recibido algunas sentencias favorables en los juzgados de primera instancia, pero ha sido muy cuestionado en la Inspección de Trabajo, que en varias ocasiones y en distintas comunidades autónomas ha zanjado que la relación entre repartidores y compañía no es de mercantil, sino laboral.

Tras las sentencias en los juzgados de primera instancia, empiezan a llegar las de los Tribunales Superiores de Justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró el pasado mes de noviembre, en la revocación de una sentencia del propio tribunal sobre un despido, que los repartidores de Glovo son asalariados. Este lunes, y por primera vez, el tribunal catalán ha llegado a la misma conclusión.

La sentencia que revoca el TSJC ya dejaba claro que absolvía a la empresa de despido improcedente, pero que lo hacía “sin entrar a resolver sobre el fondo de la cuestión controvertida”. De ello se ha ocupado el TSJC en su sentencia: el tribunal considera que existe la relación laboral al haber dependencia del trabajador. “Ciertamente, no hay horario, ni jornada, ni régimen de permisos ni vacaciones, pero estos no son elementos determinantes del contrato de trabajo, sino consecuencias de la regulación jurídica de este tipo de contratos”, expresa la sentencia.

“Los repartidores tienen que elegir los días y franjas horarias en los que se prestan servicios y lo tienen que hacer constar en la aplicación (...) que lo relaciona con un sistema de evaluaciones. De esta forma se establece un tipo de control de los horarios mediante la retribución y la evaluación”, añade la sentencia, que también se hace eco del fallo del TSJM y del del Tribunal Superior de Asturias.

La sentencia destaca, además, que existe una aplicación para los clientes y una para los repartidores, y considera que es “significativo” que el cliente no pueda acceder a la aplicación de los riders, con lo que no existe una relación directa entre el cliente y el repartidor, sino que tienen que pasar ambos por la plataforma. “En este negocio, lo determinante es la plataforma y la organización que conlleva. Pero esto no nos permite olvidar que el servicio que finalmente se presta es un servicio de transporte (...) y la prestación de este servicio Glovo la resuelve contratando riders", abunda. La compañía, según la sentencia, interactúa en el mercado de los servicios y en el laboral: “Se trata pues de la típica relación triangular propia de las relaciones laborales”. El trabajador, según la sentencia, “no pone sus servicios a disposición del mercado, sino que los pone a disposición de la empresa”.

El TSJC también enmienda al juzgado de primera instancia, que consideró que no existía la obligación de ningún repartidor de estar disponible, y veía probado que el repartidor tenía libertad para decidir su actividad o su implicación en la empresa. El repartidor que demandó interpuso un recurso de suplicación, para añadir a la relación de hechos que la empresa había dado al repartidor una tarjeta de débito para “el uso exclusivo en el pago de los pedidos”.

Por todo ello, el TSJC considera que hubo despido improcedente, y condena a Glovo a readmitir al repartidor (abonando los salarios que se han dejado de pagar desde el despido, en diciembre de 2017) o a indemnizarlo, con una cantidad que calcula mediante el salario mensual medio (985,29 euros) y asciende a 2.761,51 euros.

La asociación RidersXDerechos ha celebrado la sentencia, mientras que Glovo, en un escueto comunicado, ha destacado que la empresa “apuesta por el diálogo social y la adaptación de la legislación acorde a la digitalización de la economía y la sociedad”. Precisamente este lunes, en una jornada con la agencia Efe, la empresa ha insistido en pedir al Gobierno una legislación que regule la figura del autónomo que trabaja para plataformas digitales.