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jueves, 30 de noviembre de 2017

UN JUZGADO ANULA UN CONTRATO BANCARIO POR EL TAMAÑO DE LA LETRA



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La Audiencia Provincial de Castellón ha anulado una cláusula de un contrato bancario por el tamaño de la letra, tan pequeña que se requiere una lupa para su lectura.

Así consta en un auto dictado por la Sección Tercera que admite a trámite la demanda del banco contra un cliente por el impago de las cuotas de la tarjeta de crédito de la que es titular.

En esa misma resolución, la Sala limita las pretensiones de la entidad financiera al permitirle reclamar sólo el principal de la deuda (4.600 euros) pero no así los intereses (766 euros) ya que anula la cláusula que los fija porque la tipografía en que está redactada es tan reducida que para su lectura no basta con el uso de unas gafas sino que se necesita una lupa.

Según el auto, “la cláusula general del contrato que fija el interés remuneratorio no supera el necesario control de transparencia, toda vez que ese interés remuneratorio se establece en el reverso del contrato que se halla sin firmar por el demandado, estando en un contexto de difícil lectura, dada la letra tan minúscula que emplea para lo que se necesita el uso de una lupa no siendo suficiente las lentes usuales de lectura, resultando además de difícil comprensión para un adherente medio al utilizar conceptos y fórmulas matemáticas complicadas”.

UN PRIMER EJECUTICO DEL IBEX 35 GANA 112 VECES EL SUELDO MEDIO DE LA COMPAÑIA


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El salario medio de los trabajadores mejor remunerados en España fue 9,87 veces superior a la retribución de los peor pagados el año pasado, al tiempo que un primer ejecutivo del Ibex 35 gana 112 veces el sueldo medio de la compañía y 207 veces el sueldo más bajo.

Así se desprende del informe 'Diferencias abismales: El papel de las empresas del Ibex35 en la desigualdad', elaborado por Oxfam Intermón, que alerta de que la brecha de desigualdad "va en aumento" en España, ya que cada vez hay más personas en los niveles más bajos de ingresos al tiempo que se incrementa el número de personas ricas y la concentración de la riqueza.

El informe muestra que entre 2008 y 2016 el número de personas millonarias en España aumentó un 60%, mientras que en los últimos cuatro años se ha incrementado un 35% el número de personas que ganan menos de 6.000 euros anuales, como consecuencia de la pérdida de peso de las rentas salariales en la economía española desde el inicio de la crisis.

En paralelo, en el último año ha habido una bajada del sueldo medio en España del 0,8%, al tiempo que se amplía la brecha entre el 10% que más gana y el 10% que menos. De esta forma, si en 2007 el salario medio de los mejor pagados era 7,32 veces el de los peor pagados, en 2016 esa proporción fue de 9,87. En cifras netas mensuales, las personas peor pagadas ingresaban de media 463 euros, en un contexto en el que se da una brecha salarial de género del 80%, por la que un hombre gana 1,25 veces más que una mujer.

Respecto a las empresas del Ibex35, Oxfam Intermón indica que se dan grandes diferencias entre lo que ganan altos directivos y consejeros y el sueldo del resto de trabajadores. De media, un primer ejecutivo de una empresa del Ibex35 gana 112 veces el sueldo medio de la compañía, y 207 veces el sueldo más bajo.

De hecho, la distancia entre el sueldo medio de los altos directivos y el sueldo medio de cada empresa es de 25 veces y de 47 veces con el sueldo más bajo, en tanto que los consejeros de las empresas ganan de media 19 veces el sueldo medio y 35 veces el sueldo más bajo de la empresa.

A pesar de estas diferencias, el informe detecta que el grueso de tareas que exigen menor cualificación de estas empresas se externalizan hacia subcontratas, por lo que aclara que la foto de desigualdad salarial de las empresas no incluye una parte "considerable" de los trabajadores involucrados en su generación de valor, como son aquellos con niveles retributivos y estándares laborales más bajos de las empresas subcontratadas.

Por otro lado, el informe señala que la aportación de las empresas a la principal herramienta correctora de la desigualdad, la fiscalidad, permanece a niveles muy por debajo de los anteriores a la crisis, por las ventajas fiscales y la amplia presencia en paraísos fiscales. En 2016, el Impuesto de Sociedades recaudaba menos de la mitad de lo que lo hacía en 2007.

Aunque en 2015 las empresas del Ibex35 superaron el millar de filiales en paraísos fiscales y multiplicaron por cuatro las que tenían en 2009, el número de filiales en estos territorios se redujo el pasado año hasta las 996, lo que puede supone "un cambio de tendencia". No obstante, al ritmo de reducción actual se conseguirían eliminar todas las filiales en paraísos fiscales dentro de 45 años.

El análisis de Oxfam Intermón indica que las empresas cotizadas en Bolsa desarrollan una actividad económica enfocada a la máxima rentabilidad en el corto plazo para remunerar a los accionistas a costa de un menor impacto en la sociedad vía salarios o vía fiscal.

De media, las empresas del Ibex destinan el 98% del beneficio a remunerar a los accionistas e inversores a través de los dividendos. Algunas empresas del Ibex35 incluso llegan a repartir dividendos mayores que los beneficios obtenidos en el año.

Ante estas cifras, Oxfam Intermon pide aumentar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un 13% en 2018 para alcanzar los 1.000 euros mensuales en 2020, así como establecer escalas salariales "justas" por normativa estatal que regulen las diferencias máximas dentro de un mismo grupo empresarial.

Asimismo, considera que la ratio entre el salario del empleado mejor pagado, la media salarial y el peor remunerado de las empresas debe ser pública y calculada por todas las empresas de forma estandarizada, y aboga por que las empresas cotizadas aprueben, dentro de sus políticas retributivas, una ratio máxima que no pueda superarse.

También cree que los trabajadores deben estar representados en el consejo de administración y en la comisión de nombramientos y retribuciones, y que las empresas deben ser más transparentes en cuanto a la retribución de la dirección y los consejeros, al tiempo que defiende que las subcontratas no deben ser usadas como forma de reducir al extremo los salarios.

Reforzar los mecanismos de negociación colectiva, promover una contratación pública que garantice una remuneración digna del trabajador subcontratado y eliminar la brecha salarial de género son otras de sus propuestas.

jueves, 23 de noviembre de 2017

CONVENIO COLECTIVO GALLINA BLANCA - 5ª REUNION


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Apreciados compañeros,


El pasado viernes 17 de noviembre de 2017 tuvo lugar la 5ª reunión de negociación del XXII Convenio Colectivo de Gallina Blanca.


En primer lugar se habló de temas que tenemos abiertos como el protocolo de acoso sexual/laboral, y la revisión y adecuación de categorías profesionales y puestos de trabajo.

Posteriormente pasamos a situar de nuevo en la mesa de negociación los aspectos económicos, empezando por la revisión salarial


La empresa sitúa otra vez como única subida posible el 0,5% de incremento salarial para el año 2017, y ofrece como novedad un incremento del 1% para el año 2018. Es decir, nos parte el incremento que estamos solicitando para el año 2017, entre los años 2017 y 2018.

Como argumentos para esta propuesta nos siguen diciendo:


1   Que los salarios de Gallina Blanca están por encima de mercado.

2   Que no quieren comprometer la viabilidad de la empresa con subidas salariales altas.


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En cuanto al primer punto, sueldos por encima de mercado, les solicitamos que aporten los informes o la documentación que sustenta este aspecto. Nos dicen que solo tenemos que mirar las tablas salariales de Gallina Blanca y compararlas con la de otras empresas del sector alimentación, con un volumen de trabajadores parecidos. 


Respondemos ante este tema que nuestros asesores (CCOO y UGT) están situados en las mesas de negociación de otras empresas de este sector y otros donde se están cerrando y ya se han cerrado incrementos salariales mucho más altos que los que nos ofrecen, y les indicamos los siguientes ejemplos:



Por otro lado, a mes de octubre, el promedio de incremento salarial pactado ha sido del 1,4%, según el ministerio de empleo:



En cuanto al segundo punto, el de comprometer la viabilidad de la empresa, exponemos a la empresa una estimación de cálculo del total de incremento salarial basándonos en su oferta: el 0.5% de incremento que nos ofrecen podría equivaler a una cifra total que estaría entre los 13.500 y los 15000 €  anuales:


30.000 eur sueldo promedio x 90 trabajadores x 0.5% = 13.500 eur


Después de comentar esta cifra, señalamos a la empresa que si el máximo  de incremento salarial que puede ofrecer para el año 2017 son 13.500 eur, como empresa deberíamos estar a las puertas de la liquidación, y sabemos positivamente que GB y el GRUPO AGROLIMEN exudan robustez económica, según nuestros informes.


Comentamos que en caso necesario podría llegarse a recortar otros gastos  que desde nuestro punto de vista son superfluos y que no afectan a la mayoría de trabajador@s, para poder abordar el pago de un incremento salarial acorde a las condiciones económicas reales de la empresa.


Por todo ello indicamos a la empresa que nuestra solicitud no es descabellada ni está fuera de la realidad económica circundante. 


Aun así, la empresa se ENROCA en que no se pueden mover de esta oferta del 0.5% para el año 2017, a pesar de todos nuestro argumentos, que entendemos razonables y sustentados por pruebas objetivas.


Transmitimos a la empresa los trabajador@s de GB llevan desde el 2013 haciendo esfuerzos económicos para que la empresa sea absolutamente viable, partiendo que en ese año se pactó una congelación salarial.
 

Volvemos a recordar a la empresa, que ha rechazado la mayoría los puntos de nuestras plataforma aprobada en asamblea, sean o no de carácter económico.


Llegados a este punto, ambas partes decidimos suspender la negociación colectiva del convenio, y los RLT Invitamos a la empresa a que se replantee su oferta de incremento salarial para ambos años.


Nosotros creemos plenamente justificado el incremento salarial solicitado por nuestra parte, el IPC real + 1 punto.