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martes, 10 de enero de 2017

BAJA PATERNAL 1 MES A PARTIR DEL 01/01/17




Tras varios intentos .fallidos, cinco años más tarde de lo que estaba previsto finalmente se da este pequeño paso hacia la conciliación familiar y la igualdad. Hasta ahora, los padres tenían 13 días de permiso por paternidad pero a partir del 1 de Enero del 2017 se amplía pasta un total de cuatro semanas, tanto para nacimiento, como adopción y acogida.

A partir del 1 Enero de 2017 se hace efectiva la ampliación a 4 semanas del permiso de paternidad, dando así cumplimiento al mandato de la Ley para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. La ley establecía un permiso de paternidad de 13 días, ordenando al Gobierno que ampliara de forma progresiva y gradual la duración de este derecho hasta alcanzar las cuatro semanas,
mandato que ha sido incumplido y postergado bajo el paraguas de los recortes y las políticas de austeridad.

Desde CCOO, que hemos denunciado reiteradamente la ausencia de iniciativas de corresponsabilidad, esperamos que esta medida sea el inicio de la activación de las políticas de igualdad, paralizadas en la anterior legislatura.

¿En qué consiste?

Se trata de una medida de fomento a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que otorga 4 semanas ininterrumpidas de permiso en los supuestos de nacimiento de hijos o hijas, adopción o acogimiento. Ampliables en casos de parto, adopción o acogimientos múltiples, en 2 días más por cada hijo, a partir del segundo. Estos días son independientes de los que tiene el trabajador derecho
por convenio o estatuto (que corren a cargo de la empresa).

Beneficiarios.

Pueden solicitar este permiso los trabajadores por cuenta ajena, incluidos .los contratados para la formación y a tiempo parcial. Asimismo, son beneficiarios del permiso los trabajadores autónomos y
pertenecientes a otros regímenes especiales de la Seguridad Social.

Requisitos

Es necesario tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de dicha suspensión ó 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha.

Disfrute.

El permiso de paternidad podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o en régimen de jornada
parcial de un mínimo del 50%,

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