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lunes, 16 de febrero de 2015

EL PAIS ACUSA A CCOO DE COBRAR SOBRESUELDOS

Ante las informaciones aparecidas en el diario El País este 15/02/2015, el sindicato CCOO publica la siguiente nota de prensa aclaratoria:

La Federación de Servicios de CCOO aclara que la información que recoge el diario “El País”, se refiere a retribuciones establecidas en su momento por COMFIA CCOO en su sistema salarial y no a sobresueldos como titula el periódico.

El sistema general de retribuciones a que hace referencia el citado medio fue aprobado por la Ejecutiva Federal de la extinta federación en el año 2006  y responde a criterios objetivos.

Ante las noticias aparecidas en el diario “El País” con fecha 15 de febrero, la Federación de Servicios de CCOO, fruto de la fusión de COMFIA CCOO  y FECOHT CCOO, quiere efectuar las siguientes declaraciones:

El pasado día 10 de febrero la Federación de Servicios de CCOO mantuvo una reunión con un redactor del diario “El País” que nos solicitaba información sobre determinadas cuestiones relativas a la contabilidad de COMFIA CCOO. En dicha reunión se explicaba con detalle el capitulo relativo a las retribuciones a representantes sindicales, elegidos para conformar las distintas estructuras de la Federación.

Se detalló ante el citado medio el origen de dichas retribuciones, su carácter complementario y los distintos sistemas que se han ido implementando a lo largo del tiempo. Sistemas que siempre han sido aprobados por los órganos competentes y que se basan en criterios objetivos: Horario de trabajo (dedicación diaria), responsabilidad ante terceros, salario del sector de origen y objetivos (resultados organizativos).  Estas retribuciones compensatorias se documentan mediante un contrato de relación asociativa  y no mediante contrato de relación laboral, tal y como marca la legislación vigente así como el criterio interpretativo de la Seguridad Social, definiendo claramente que la relación que une al representante sindical con el sindicato es una relación asociativa y no laboral. Es decir no existe derecho a indemnización, ni prestaciones por desempleo.

Estas retribuciones han sido absolutamente transparentes, siendo COMFIA CCOO una de las primeras organizaciones sindicales que comenzó a tributar por IRPF en este tipo de compensaciones aun existiendo varios criterios interpretativos que podían eximir de dicha tributación. Para ahondar más si cabe en este aspecto, COMFIA CCOO con el último cambio normativo tras la publicación del Real Decreto-Ley 16/2013 de 20 de Diciembre,  comienza también a cotizar a la Seguridad Social por este tipo de retribuciones asociativas.

En lo relativo a los ingresos de empresas y entidades patronales se detallaba:” que los Ingresos de las Secciones Sindicales de Empresa se efectúan en aplicación de los acuerdos suscritos en algunas  Empresas de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que obliga a las empresas a dotar de medios suficientes a  los representantes de los trabajadores y trabajadoras para realizar sus tareas de representación”.

En este punto aclaramos que no en todas las Empresas se alcanzan acuerdos que desarrollen este derecho de los trabajadores y trabajadoras valorando económicamente la actividad sindical. En muchas empresas dichos acuerdos se traducen por ejemplo en acuerdos de acumulación de horas, utilización del correo electrónico de la empresa, etc.  Dichos acuerdos se aplican a todas y cada una de las organizaciones sindicales de la empresa en función de su porcentaje de representación.

En lo relativo a ingresos por participación en los órganos de gobierno y consejos de administración, hay que corregir que las empresas no pagan nada al sindicato. Son los miembros que actúan en representación de las plantillas y que a su vez están vinculados al sindicato, quienes tienen la obligación de aportar las dietas percibidas al sindicato, una vez que se ha descontado el impacto fiscal y la valoración de la actividad realizada.

Con independencia de las aclaraciones anteriores la Federación de Servicios de CCOO quiere hacer públicas las siguientes consideraciones:

1.         . Las cuentas de COMFIA-CCOO  siempre ha sido presentadas y aprobadas en los Consejos Federales (máximo órgano democrático entre Congresos) y en la última etapa  también en los propios Congresos. Ahora también se pueden consultar en la página web de la Federación de Servicios de CCOO.

2.        La gestión económica de COMFIA CCOO durante el periodo publicado ha sido buena y ha configurado una organización muy solvente económicamente e independiente en la financiación de su actividad, y por lo tanto en la toma de sus decisiones. Los órganos de control financiero elegidos por la afiliación y las auditorías externas e internas garantizan esta situación.

3.        La antigua COMFIA CCOO siempre ha estado al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y económicas, con la seguridad social y con terceros. Con especial cuidado en todo lo relativo a los contratos laborales y a los contratos de relación asociativa (representantes sindicales en la estructura del sindicato).

4.        El gasto corriente de la actividad sindical y los gastos de personal siempre han estado ajustados a un porcentaje de los ingresos corrientes por cuotas, de tal forma que quede garantizada la correcta gestión del dinero de nuestros afiliados y afiliadas.

La Federación de Servicios de CCOO, manifiesta su sorpresa ante el planteamiento informativo efectuado por el citado medio, toda vez que hemos puesto a disposición del redactor de la noticia, no solo toda la documentación que nos ha ido solicitando sino todas las explicaciones necesarias para documentar el sistema de ingresos y la aplicación de gastos y retribuciones de la antigua COMFIA CCOO, en un intento de evitar los juicios de valor impropios de un medio de comunicación riguroso.


Federación de Servicios de CCOO

 

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