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martes, 3 de julio de 2018

MULTA A DELIVEROO POR TENER FALSOS AUTONOMOS


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Inspección de Trabajo ha impuesto a la empresa Deliveroo el pago de 1,3 millones de euros en concepto de cuotas dejadas de abonar a la Seguridad Social por sus repartidores y la obliga a darlos de alta en el régimen general tras considerar que no se trata de trabajadores autónomos.
El Colectivo Ronda, que representa a un grupo de trabajadores riders (repartidores) de Deliveroo, ha informado de esta decisión de Inspección de Trabajo, que ha aprobado un acta en el que determina que la relación de los repartidores con la multinacional es de carácter laboral y no mercantil, como defiende la empresa.
En concreto, Inspección de Trabajo considera que Deliveroo impone a sus repartidores "de forma fraudulenta" la vinculación mercantil y les obliga a ser autónomos, aunque actúa como empresario al marcar condiciones en la prestación del servicio como los horarios y los períodos de descanso.
Acredita que es la empresa la que organiza el sistema de reparto en exclusiva
Según el Colectivo Ronda, el acta rechaza también el nuevo contrato que Deliveroo ofrece a sus repartidores desde este mes de julio, que abre la puerta a un reconocimiento como TRADE (Trabajador Autónomo Dependiente Económicamente), por mantener la relación mercantil.
Inspección de Trabajo ve acreditado que es la empresa "la que organiza de forma exclusiva y en su totalidad la prestación del servicio de reparto de comida", al mismo tiempo que "controla la efectiva prestación del servicio que prestan y que constituye su actividad empresarial". Con ello, rechaza que los repartidores tengan una posibilidad real de actuar con la autonomía organizativa que es propia de los autónomos.
Primera condena contra Deliveroo por la situación de sus repartidores: son falsos autónomos
 El abogado del Colectivo Ronda que colaboró en la presentación de la primera denuncia ante la Inspección de Trabajo, Natxo Parra, ha asegurado que el acta "recoge y avala punto por punto el contenido de nuestra denuncia".
El acta de Inspección de Trabajo en Barcelona va en la línea de otras decisiones tomadas en Valencia y Madrid, y de la primera sentencia que se ha emitido hasta ahora en España en relación con el conflicto entre la multinacional de reparto de comida y algunos riders.

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