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lunes, 19 de mayo de 2014

SENTENCIA SOBRE EL ERE DE PANRICO

Nuestros compañeros de Panrico en Santa Perpetua llevan en huelga 7 meses.
 
Desde octubre del 2013 Panrico es sinónimo de movilización. El juicio se celebró el 6 de mayo, tras ser aplazado en abril. Los trabajadores se alzaron contra la dirección por la falta de pago de salarios, después contra un expediente de regulación de empleo, ERE, y siguieron contra la amenaza del puesto de trabajo de toda la plantilla de la planta catalana.
 
El consejero delegado de la firma, Carlos Gila, no ha conseguido reconducir la situación hacia la paz social. El directivo nombrado por Oaktree –el fondo propietario de la compañía-- decidió que la mayoría de los despidos previstos para el grupo debían concentrarse en la planta de Santa Perpètua de Mogoda y eso encendió los ánimos en la planta catalana.
                         
La firma acumula unas pérdidas de 700 millones de euros en los últimos cinco años y el nuevo directivo tenía claro a lo que llegaba. Debía recortar costes y la vía del recorte de plantilla fue la elegida para de un plumazo ahorrar 50 millones de euros.

En solo dos semanas en el cargo, el nuevo ejecutivo suspendió el pago de nóminas, anunció que despediría a 1.900 personas y que bajaría el sueldo un 45% a la plantilla que quedara.

Ni siquiera el peso de la crisis y la falta de alternativas de contratación fue suficiente para mantener la ira de los trabajadores bajo control. Llegó el preconcurso de acreedores como una vía más para abrir la negociación y finalmente se evitó el temido concurso tras una inyección de 15 millones de euros por parte del fondo de inversión.
 
Tras siete meses de paro, los ánimos de la plantilla están erosionados, aunque la sentencia es un espaldarazo para la parte laboral, que deberá decidir ahora si se abre una nueva fase de negociación.
 
La Audiencia Nacional ha declarado injustificados 156 despidos en Panrico, los fijados para 2015 y 2016, al considerar que dichas extinciones no se ajustaron a derecho, según han informado a Europa Press en fuentes jurídicas.
 
Según la sala de lo Social, en este caso no se ofrece ninguna justificación "razonable" de carácter organizativo para que de los 745 despidos previstos, 79 se pospongan a 2015 y 76 a 2016, ya que dichos despidos carecerían de causa o la causa invocada en el proceso culminado a finales de 2013 habría perdido actualidad en 2015 y 2016, "por lo que no serviría de soporte para tales decisiones extintivas".
 
En concreto, la sala de lo Social ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por CC.OO. y ha acordado que los despidos no se ajustaron a derecho en dos cuestiones: diferir el pago de la indemnización hasta su tope legal (20 días año y máximo 12 mensualidades) y las extinciones de los contratos de trabajo que se habían fijado para los dos próximos años.
 
La sala explica que los tiempos para ejecutar los despidos dependerán de cada caso concreto, pero la causa no puede servir de justificación para despidos cuya razón de ser estriba en previsiones económicas o en argumentos causales a futuro.
 
Asimismo, también considera no ajustado a derecho la decisión de abonar en diferido las indemnizaciones, porque la empresa no acreditó que se encontraba en situación real de falta de liquidez. "Una ausencia de liquidez no demostrada en cuanto que pudo destinar los 30 millones de la venta de Artiach a devolución de los préstamos, retrasando injustificadamente el pago de las indemnizaciones", han señalado las mismas fuentes.
 
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional inadmite el resto de cuestiones planteadas por las partes. Según el tribunal, en el ERE de Panrico concurrieron causas económicas, pérdidas contables y productivas. La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

 

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